Prórroga de Facturación Electrónica 4.4 en Costa Rica: Nueva Fecha y Cambios Clave

February 13, 2025 by
NIMETRIX COSTA RICA INC SOCIEDAD ANONIMA, Krishell Garcia Quesada

El 19 de noviembre de 2024, el Ministerio de Hacienda de Costa Rica publicó la Resolución N° MH-DGT-RES-0027-2024, que introduce la versión 4.4 de los comprobantes electrónicos. Inicialmente, se estableció que esta nueva versión sería obligatoria a partir del 1 de junio de 2025. Sin embargo, según una actualización del 12 de febrero de 2025, el Ministerio de Hacienda anunció que la nueva fecha de entrada en vigencia de la versión 4.4 será el 1 de septiembre de 2025.

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A partir del 1 de septiembre de 2025, la versión 4.4 será de uso obligatorio para todos los contribuyentes, y la versión 4.3 quedará derogada, permitiéndose su uso únicamente para generar notas de crédito y débito que ajusten comprobantes emitidos durante su vigencia.

Procuraduría General de la República

Entre las principales novedades de la versión 4.4 se incluyen:

  • Nuevo tipo de comprobante: Se introduce el "Recibo Electrónico de Pago" como un nuevo tipo de comprobante electrónico.
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  • Ampliación de tipos de identificación: En la factura electrónica de compra, se incorporan los tipos de identificación "Extranjero no domiciliado" y "No contribuyente".
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  • Nuevas condiciones de venta: Se añaden "Arrendamiento Operativo" y "Arrendamiento Financiero" como nuevas condiciones de venta en los comprobantes electrónicos.
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  • Códigos de descuento específicos: Se incorporan tipos de descuento como regalía, regalía con IVA cobrado al cliente y bonificación, entre otros.
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  • Nuevos tipos de exoneración: Se introduce la "Exoneración a Zona Franca" entre las opciones de exoneración en los comprobantes electrónicos.
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  • Ampliación de tipos de documento: Se agregan "Depósito de garantía", "Multas o Penalizaciones" e "Intereses moratorios" como nuevos tipos de documento en los comprobantes electrónicos.
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Además, a partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes que comercializan medicamentos para consumo humano deben implementar en la versión 4.3 los campos "Registro de medicamento" y "Forma farmacéutica".

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Es importante que los contribuyentes se preparen para estos cambios y realicen las actualizaciones necesarias en sus sistemas de facturación electrónica antes de las fechas establecidas para asegurar el cumplimiento con las nuevas disposiciones tributarias.


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